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El 28 de julio el Consejo de Ministros aprobó el Programa de Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial 2020 (Programa Reindus) dotado con 340,9 millones de euros.

Este programa, lanzado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, tiene como objetivo impulsar la creación o traslado de establecimientos industriales, mejoras y/o modificaciones de la línea de producción, así como implementación de tecnologías de la industria conectada 4.0

  • Objetivo del Programa Reindus:

Concretamente, se busca dar apoyo a las siguientes acciones:

             – Creación de establecimientos industriales

             – Traslado de establecimientos industriales

             – Mejoras y/o modificaciones de la línea de producción

             – Implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.»

            – Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero

  • ¿Quién puede acceder al programa?

Pymes y grandes empresas válidamente constituidas que no formen parte del sector público y que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial encuadrada en la Sección C (Divisiones 10 a 32) del CNAE 2009 de Industria Manufacturera. Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3, siempre que dispongan, en el momento de la solicitud, de la autorización de gestión de residuos.

  • ¿Cuáles son los requisitos del programa?
    • El presupuesto mínimo financiable es de 100.000€.
    • Se financiarán los gastos desde el 1 de enero de 2020.
  • Características de la financiación

Los préstamos del programa Reindus tienen las siguientes condiciones:

  • Importe máximo de la financiación a conceder del 75% sobre el presupuesto financiable. El importe global del préstamo a conceder por beneficiario no podrá superar los 800.000 euros
  • Importe mínimo financiable: 100.000€.
  • Para las empresas sin cuentas históricas significativas el límite del préstamo será de tres veces el importe de los fondos propios. Para el resto de las empresas el límite del préstamo será cinco veces el importe de los fondos propios.
  • Plazo de amortización anual: 6 años incluyendo 3 años de carencia.
  • Tipo de interés:

Tipo de beneficiario

Interés año 1 (%)

Interés año 2 y 3 (%)

Interés año 4, 5 y 6 (%)

Pymes

0,1

0,19

0,69

Grandes Empresas

0,19

0,69

1,69

  • Garantías: Las garantías se constituirán en la Caja General de Depósitos. Se exigirá la presentación de las garantías antes de la resolución de concesión del préstamo, es decir, en la resolución provisional. En caso de que no se aporten las garantías en plazo y forma se desestimará la solicitud.

 

  • ¿Cuál es el plazo para ejecutar la inversión?
    • El proyecto debe realizarse desde el 1 de enero de 2020 hasta un plazo máximo de 18 meses contados desde la fecha de la resolución de la concesión.
  • Cómo solicito esta ayuda
    • Fecha fin de presentaciones 20 de agosto 2020.