La Comisión Mixta del Convenio ha aprobado los valores salariales para 2016, que coinciden con los de 2015.
Esta atípica situación se ha producido porque el IPC final de 2015 se quedó en el 0%, es decir por debajo del incremento salarial inicial pactado para 2015. Por consiguiente, el exceso de incremento (el 0,4%) se ha revisado a efectos de calcular los valores salariales de 2016 y, comoquiera que ese exceso coincide con el aumento previsto para 2016 (también el 0,4%), se anulan y dan como resultado idénticas tablas en 2016 que las aplicadas en 2015.
Como es obvio, el que las tablas se mantengan no tiene efecto alguno sobre los descuelgues y, por lo tanto, las empresas que hayan finalizado un año de descuelgue han de equiparar los salarios a los estipulados por el Convenio.