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El Real Decreto 477/2021 ha aprobado el reparto de 660 millones de euros a las comunidades autónomas para financiar proyectos de producción de energías renovables para el autoconsumo y para el almacenamiento, con cargo del Plan de Recuperación para Europa, «Next Generation EU», cuyos primeros nueve mil millones están a punto de llegar al Tesoro español.

Por comunidades autónomas, la distribución es la siguiente:

Andalucía 104.847.686
Aragón 22.945.966
Asturias, 14.536.460
Balears, Illes 13.399.755
Canarias 23.112.104
Cantabria 8.159.370
Castilla y León 38.187.273
Castilla-La Mancha 30.948.184
Cataluña 114.988.848
Comunitat Valenciana 67.307.084
Extremadura 14.881.861
Galicia 39.163.367
Comunidad de Madrid 91.295.991
Región de Murcia 19.552.032
Navarra 12.235.798
País Vasco 37.173.437
La Rioja 5.828.709
Ceuta 739.001
Melilla 697.074
TOTAL 660.000.000

Por tipo de inversiones la asignación se habrá de destinar a los siguientes tipos de inversiones

Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables en el sector servicios Autoconsumo 100.000.000,00
Almacenamiento 20.000.000,00
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos con o sin almacenamiento Autoconsumo 150.000.000,00
Almacenamiento 25.000.000,00
Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes 45.000.000,00
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento Autoconsumo 200.000.000,00
Almacenamiento 15.000.000,00
Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector 5.000.000,00
Realización de instalaciones de energías renobables térmicas en el sector residencial 100.000.000,00

A partir de la promulgación de este Real Decreto, cada comunidad autónoma habrá de desarrollar la normativa específica de desarrollo estrictamente sujeta al Real Decreto 477 como a la rigurosa legislación europea.