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En la segunda semana de noviembre aparecieron varias noticias sobre la campaña que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social está llevando a cabo en materia de control de la contratación de duración determinada:

11/11/2021. elDiario.es: Las empresas hacen fijos a 82.400 temporales en dos semanas tras una carta de la Inspección de Trabajo.

12/11/2021. Expansión: Trabajo descubre 267.600 contratos temporales falsos.

No es la primera vez que en 2021 se publican estas noticias, ya que este tipo de actuaciones estaban incorporadas al plan estratégico anual que la Inspección de Trabajo elabora y anuncia.

La novedad, en este caso, es que las cartas remitidas a las empresas por la Inspección de Trabajo presentan en muchos casos como fraudulentos contratos de trabajo que cuantitativamente no han superado los límites previstos en el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores para su conversión en indefinidos. Y la razón de esto es la aplicación de medios automatizados de control (el denominado Big Data):

16/11/2021. 20 Minutos: El Gobierno eleva un 20% el presupuesto de la Inspección de Trabajo y contratará expertos en ‘big data’.

16/11/2021. ABC: Díaz reforzará a la Inspección de Trabajo con big data e Inteligencia Artificial para luchar contra el fraude.

16/11/2021. Europa Press: El Gobierno aprueba un plan estratégico para modernizar la Inspección de Trabajo.

Pese a que en prensa la aplicación de nuevas tecnologías se presenta como algo novedoso, lo bien cierto es que en el BOE del pasado 5/08/2021, se publicó el Real Decreto 688/2021, de 3 de agosto de 2021, por el que se modifica con efectos desde 01/01/2022 el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.

Concretamente se añade un nuevo Capítulo IX dedicado al procedimiento sancionador promovido por actuación administrativa automatizada en el ámbito de la Administración General del Estado, en virtud del cual, el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá generar a través de su sistema de información, mediante actuaciones administrativas automatizadas, las actas de infracción que resulten pertinentes en virtud de los datos, antecedentes e informes que obren en dicho sistema.

Estas actas irán firmadas con el Sello Electrónico Cualificado de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sin que portanto se requiera que un funcionario las emita, pasando a gestionarse de manera automatizada, en función de los datos obrantes en el sistema de información de la Inspección.

El resto de novedades que incorpora el Real Decreto 688/2021, de 3 de agosto de 2021 tienen carácter más técnico y procedimental, por lo que se recomienda atender al texto íntegro de la norma publicada en el BOE, que regirá a partir del 01/01/2022.