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Se confirma el valor adelantado.

En consonancia con la recesión económica, el IPC de 2020 ha experimentado una reducción del 0,5%.

Según ha publicado el INE, los grupos con mayor influencia positiva en esta evolución de la tasa anual son:

  • Vivienda, con una variación del –0,1%, más de dos puntos mayor que la del mes anterior, debida al aumento del precio de la electricidad, frente a la bajada registrada en diciembre de 2019. También influye, aunque en menor medida, la subida del precio del gasóleo para calefacción, mayor este mes que en 2019.
  • Transporte, cuya tasa se incrementa siete décimas, hasta el –4,4%, como consecuencia del aumento de los precios de los carburantes y lubricantes para el transporte personal, mayor este mes que en 2019. Cabe reseñar también, aunque en sentido contrario, que los precios del transporte aéreo de pasajeros aumentaron en 2019 más que este mes.

Los grupos que destacan por su influencia negativa han sido:

  • Ocio y cultura, que registra una variación del –1,6%, siete décimas menos que en noviembre, causada porque los precios de los paquetes turísticos subieron más en diciembre de 2019 que este mes.
  • Alimentos y bebidas no alcohólicas, cuya tasa disminuye dos décimas y se sitúa en el 1,1%. Este comportamiento es consecuencia del descenso de los precios de las legumbres y hortalizas, frente al aumento de 2019, y de que los precios de la carne subieron más en 2019 que este mes. Destaca además, aunque en sentido contrario, el incremento de los precios del pescado y marisco, mayor este mes que en 2019.

En resumen, los datos más destacados de la evolución de los precios en diciembre son:

  • La tasa de variación anual del IPC del mes de diciembre:  –0,5% (tres décimas por encima de la registrada en noviembre).
  • La tasa anual de la inflación subyacente:  el 0,1%.
  • La variación mensual del índice general es del 0,2%.
  • El Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA):   –0,6% (dos décimas superior a la de noviembre).

La reducción en el porcentaje del IPC conlleva que no se hayan de actualizar los valores salariales de 2020, sin perjuicio de que, para el establecimiento de los valores de 2021, sea un factor influyente en la conciencia de los negociadores del Convenio Colectivo.